Para registrarte como operador de drones en España tienes que darte de alta en la sede electrónica de AESA, crear tu cuenta de usuario y completar la «inscripción en registro de operadores de UAS». El trámite es gratuito y, si usas certificado digital, AESA indica que es automático e inmediato. Al terminar obtienes un número de operador que debes poner de forma visible en todos tus drones. El registro caduca a los tres años y se renueva desde la misma sede.
¿Quién tiene que registrarse?
Según la página de registro de AESA, que aplica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, en la categoría abierta debes registrarte si tu dron cumple al menos una de estas condiciones:
- Pesa 250 g o más (masa máxima de despegue).
- Puede transmitir más de 80 julios de energía cinética a una persona en caso de impacto.
- Lleva cámara u otro sensor capaz de captar datos personales, salvo que cumpla la Directiva 2009/48/CE de seguridad de los juguetes.
En la categoría específica hay que registrarse siempre, pese lo que pese el dron.
La regla de la cámara es la que más gente pasa por alto. AESA lo explica en su documento sobre drones de menos de 250 g: un dron ligero con cámara necesita registro como operador para volar en categoría abierta, aunque no llegue a 250 g. Así que un DJI Neo (135 g) o un DJI Mini 4 Pro (249 g) exigen registro, igual que cualquier dron por encima de 250 g. En cambio, un minidron sin cámara como el Holy Stone HS210 (24,8 g) en principio no lo necesita.
Un detalle importante: se registra el operador (la persona o empresa responsable de los vuelos), no cada dron. Un solo número sirve para todos tus drones. Y solo puedes estar registrado en un país: el de tu residencia, o donde tengas tu actividad si eres empresa.
Lo que necesitas antes de empezar
- Certificado digital o DNIe. Es la vía recomendada por AESA en su guía de registro como operador. Sin certificado puedes crear la cuenta, pero la validación de tu documento es manual y la guía avisa de que «puede demorarse un par de días hábiles».
- Tus datos personales: nombre, fecha de nacimiento, NIF/NIE o pasaporte, teléfono, correo y dirección.
- Autofirma instalada en el ordenador, o Cl@ve firma, para firmar la solicitud.
- Edad mínima. El artículo 6 del Real Decreto 517/2024 fija en 16 años la edad mínima para actuar como operador. Si el dron es para un menor, lo normal es que el registro lo haga un adulto.
Paso a paso para registrarte en AESA
Cuando pasé por este trámite, lo que más me ayudó fue tenerlo todo preparado antes de empezar. Mi consejo: hazlo con certificado digital. Te ahorras la espera de la validación manual y descargas el certificado de operador al momento. Estos son los pasos que describe la guía de AESA:
- Entra en el trámite. Ve al procedimiento de registro de operadores de UAS y pulsa «Trámite online».
- Crea tu cuenta. Elige «crear mi cuenta» con certificado y selecciónalo cuando el navegador te lo pida.
- Rellena el formulario de usuario. Tipo de persona (física o jurídica), tipo de actividad (para uso recreativo, la que te interesa es la EASA), datos personales, dirección y conformidad con la protección de datos. Guarda y te llegará un correo de confirmación.
- Accede a la aplicación UAS. Ojo aquí: que tu usuario aparezca como «APROBADA» no significa que ya seas operador. AESA avisa de que tienes 90 días para completar el registro de operador; si no, el sistema borra el usuario y toca empezar de cero.
- Pulsa «Nuevo Registro». Lee la información, marca la comunicación inicial, acepta las declaraciones y la política de privacidad y pulsa «Inscripción en registro de operadores de UAS».
- Firma. Revisa el PDF, pulsa «Finalizar y firmar» y firma con Autofirma o Cl@ve firma.
- Descarga tu certificado. Desde tu perfil verás tu número de operador y podrás bajar el justificante y el certificado de operador.
Si no tienes certificado digital, la guía indica que debes descargar el justificante, firmarlo a mano y presentarlo en AESA o en una oficina de registro. Hasta que tengas número de operador no puedes volar, salvo bajo el número de otro operador.
Qué hacer con el número de operador
AESA es clara: el número de operador «debe incluirse en el dron de forma visible» (lo dice en su página ¿Tienes un UAS/dron?). En la ficha de la categoría abierta se precisa que debe poder leerse con el dron en tierra, y que en algunos casos se admite ponerlo en el compartimento de la batería. Una etiqueta impresa resistente o una pegatina de vinilo cumplen bien.
Si tu dron tiene marcado de clase C1, C2 o C3, además tiene que llevar identificación remota directa (DRI) activa, y en ese sistema se carga tu número de operador. La propia app del fabricante suele tener un apartado para introducirlo.
Cuánto cuesta y cuánto dura
El registro es gratuito. Sobre la validez, AESA indica en su página de registro:
- Certificados emitidos antes del 25/06/2024: válidos hasta el 25/06/2027.
- Certificados emitidos después: caducan a los tres años desde su emisión. La fecha aparece en el propio certificado.
- Para renovar, presentas una modificación del registro desde la sede. Cada modificación amplía la caducidad otros tres años.
Pon un recordatorio en el calendario unas semanas antes. Volar con el registro caducado equivale a volar sin registro.
El número es válido en todos los Estados EASA: si viajas con tu dron por Europa no tienes que volver a registrarte. Eso sí, las zonas y normas locales de cada país las tienes que consultar allí.
¿Y el registro de drones del Ministerio del Interior?
El Real Decreto 517/2024 creó en su sección 3.ª del capítulo VI (artículos 53 a 58) un registro de aeronaves no tripuladas del Ministerio del Interior. El Tribunal Supremo declaró nula esa sección en una sentencia de 19 de junio de 2025, publicada en el BOE el 11 de julio de 2025, y desestimó el recurso «en todo lo demás». Es decir: ese registro adicional ya no existe, pero el registro de operador en AESA sigue siendo obligatorio porque viene del reglamento europeo.
No lo confundas con otra obligación que sí sigue vigente: comunicar al Ministerio del Interior los vuelos en entorno urbano. Lo explico en la guía sobre volar un dron en ciudad.
El registro no es lo único que necesitas
Registrarte te da un número, pero no te convierte en piloto. Para volar en la categoría abierta también necesitas la formación que corresponda. Con drones de menos de 250 g en A1, la normativa exige como mínimo conocer el manual del fabricante; para casi todo lo demás necesitas el certificado A1/A3, que es gratuito y online. Te explico cómo es en la guía del examen A1/A3 de AESA.
Si todavía estás eligiendo dron, en nuestra selección de drones de menos de 250 g verás modelos ligeros que, aun así, necesitan registro por llevar cámara. Y en la guía de normativa de drones en España tienes el resto de obligaciones resumidas.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que registrar cada dron por separado?
No. En la categoría abierta se registra el operador, no el dron. Un mismo número de operador sirve para todos tus drones, y debes ponerlo visible en cada uno. Solo en la categoría específica (declaración, autorización o LUC) hay que añadir las aeronaves a tu perfil.
¿Un dron de menos de 250 g necesita registro?
Sí, si lleva cámara o un sensor que capte datos personales y no cumple la directiva de juguetes. Es el caso de la mayoría de drones con cámara de esa franja de peso. Sin cámara y por debajo de 250 g, en principio no.
¿Cuánto tarda el registro?
Con certificado digital, AESA dice que el trámite es automático e inmediato. Sin certificado, la validación de tu documento de identidad es manual y puede tardar un par de días hábiles, y además tendrás que presentar el justificante firmado.
¿Sigue existiendo el registro de drones del Ministerio del Interior?
No. El Tribunal Supremo anuló los artículos 53 a 58 del Real Decreto 517/2024 en junio de 2025. El registro de operador en AESA sí sigue siendo obligatorio.
¿Puedo volar en otros países europeos con mi registro español?
Sí. Según EASA, el número de operador que te da tu país de residencia vale en todos los Estados EASA. Fuera de ese ámbito no se reconoce automáticamente.